203
Revista UNIMAR 34(2)- rev. UNIMAR.- 201-219.
ISSN: 0120-4327, ISSN Electrónico: 2216-0116,
Universidad Mariana, San Juan de Pasto, Nariño, Colombia, 2016.
El Sistema Tributario colombiano, desarrollo y principios básicos
el mandato constitucional dado por la Carta Política
de 1991, y con base en la cual se han dado importantes
avances dogmáticos, nutriendo copiosamente a la
jurisprudencia y a la doctrina nacional y foránea
sobre la materia. Pero además, el sistema tributario
para poder llevar a cabo sus nes y tener legitimidad
frente a los administrados, debe estar basado en un
contenido teleológico y axiológico, por lo tanto, sus
fundamentos principales están dados por los principios
que lo constituyen; aquí se abordan, entre otros, los
de legalidad, equidad, progresividad, eciencia e
irretroactividad de la ley. Finalmente, se presenta una
visión general sobre el Estatuto Tributario del país a la
luz de los principios expuestos.
Metodológicamente, el escrito presenta una
revisión teórico-conceptual, que se hace de forma
diacrónica sobre documentos, artículos y textos
que abordan las temáticas tratadas. Sentencias
de las altas cortes del País han constituido
un valiosísimo soporte, sin desconocer a las
visiones de importantes tratadistas nacionales e
internacionales especializados en la materia.
2. Los tributos: su origen y evolución
El hombre es un ser social. En su origen, formación,
intereses, carencias y aspiraciones necesita
relacionarse con los demás seres humanos; es en
esta interrelación donde logra alcanzar el pleno
desarrollo personal. De la convivencia con los otros
se precisa la existencia de una institución que haga
posible la satisfacción de las necesidades básicas y
fundamentales de los miembros de la colectividad;
para ese efecto surge el Estado como ente
regulador de las relaciones entre sus integrantes.
El Estado asume una serie de obligaciones que
implican un complejo entramado organizativo y
administrativo para viabilizar el desarrollo de la
sociedad, lo cual es sustentable siempre que haya
la disponibilidad de recursos económicos que le
permitan cumplir ecazmente la función pública;
una fuente importante de los recursos proviene de
la imposición que el Estado hace a sus gobernados
de entregar parte de su riqueza, es decir de pagar lo
que se conoce como tributo, contribución o impuesto.
Pero como se verá en seguida, el surgimiento de los
tributos no es exclusivo del Estado moderno, sino
que se ha presentado en toda forma de Estado a lo
largo de la historia.
Como lo señalan Fino y Vasco (2001), Sarduy, Leyva,
y Paz (2011), Benegas y Dania (2002), la imposición
de tributos con objeto de solventar los gastos
públicos ha aigido a la humanidad desde siempre.
Su origen se remonta a la historia misma de las
sociedades políticas. “Impuestos como recursos
extraordinarios existen en cualquier lugar en
donde se forma un poder público, sostiene Gerlo
e inmediatamente agrega que también en todas
partes su empleo ha conducido siempre al abuso”
Gerlo (1961, p. 200, citado por Benegas y Dania,
2002, p. 3). Antiguamente, los móviles estaban
relacionados por una parte, con la necesidad de
aplacar o agradar a los dioses con ofrendas de
animales o personas y por otra, con las guerras que
los pueblos adelantaban contra sus enemigos. Ya en
la Biblia se hace referencia a los tributos a través de
pago de los “diezmos” para cubrir las necesidades
de los sacerdotes y por medio de ellos, la iglesia
llegó a tener en la Edad Media un poder económico
y político sin precedentes. En Egipto y Persia se
encuentran impuestos de carácter industrial y
aduanero, con “un sistema de contabilidad pública
para registrar, controlar y vigilar los recaudos de
impuestos, según consta en papiros que datan de
3600 a. C.” (Fino y Vasco, 2002, p. 39). En la Grecia
antigua inicialmente los impuestos se imponían
a los extranjeros. Hacia el año 594 a. C., Solón
gobernante de Grecia promulgó su Código de leyes
con tratamiento igualitario para los ciudadanos y
determinó que las obligaciones tributarias fueran
proporcionales a la riqueza, puede apreciarse aquí
el primer vestigio del principio de progresividad.
La más remota referencia al impuesto de Renta se
encuentra en el Imperio Romano, los comerciantes,
los prestamistas y las industrias tenían la obligación
de contribuir con este impuesto (Fino y Vasco, 2002).
Según dice Joseph E. Stigli (1995, citado por Sarduy
et al., 2011), hay una diferencia sustancial entre la
tributación feudal y la moderna. En la primera, se
obliga a los individuos a permanecer en el feudo y
trabajar para su señor; en la segunda, en cambio,
solo deben concurrir con el Estado con parte de los
ingresos que hayan obtenido, sea cual sea la fuente
que los origina. Continuando con Sarduy et al. (2011),
la evolución de la imposición ha sido abordada
por diversos autores y se encuentran diferentes
percepciones al fenómeno, así por ejemplo, para