Los niños sujetos de derechos: un posible mapeo de la cuestión
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Lorena Cardona Alarcón
Verónica Gutiérrez Giraldo
Revista Criterios - 30 (2) Julio- Diciembre 2023 Rev. Criterios - pp.162-174
ISSN: 0121-8670, ISSN Electrónico: 2256-1161,
https://doi.org/10.31948/rev.criterios
Universidad Mariana, San Juan de Pasto, Nariño, Colombia.
democrática. En este sentido, se garantiza el
pleno acceso a todos los derechos fundamentales,
incluyendo la participación política y social,
para todos los grupos poblacionales; niños y
adultos. La ciudadanía implica una igualdad
de oportunidades y una inclusión activa de
todos los miembros de la sociedad en la toma
de decisiones y en la construcción de una
comunidad justa y equitativa.
No obstante, en la sociedad moderna,
incluso en la posmoderna, se ha adoptado la
concepción de que son los adultos quienes
deben ser los defensores y portavoces de
aquellos que carecen de voz. Por esta razón, la
Comisión Internacional sobre la Educación para
el Siglo XXI enfatizó que todas las personas,
sin distinción, deben tener la oportunidad de
desarrollar cuatro dimensiones fundamentales
del aprendizaje: aprender a conocer, aprender
a hacer, aprender a ser y aprender a vivir juntos
(Delors, 1994). Estas dimensiones pueden ser
adquiridas a lo largo de la vida, a través de
la interacción con el entorno y mediante el
proceso de educación formal. Así, el acto de
aprender no es una opción, sino una capacidad
inherente a todo ser humano y, por lo tanto, un
derecho que debe ser garantizado y cumplido.
En la actualidad, se ha reconocido que la
infancia es una etapa de la vida que involucra
experiencias y expectativas diferentes al mundo
adulto. En este sentido, los niños han sido
reconocidos como ciudadanos con derechos,
responsabilidades y como participantes activos
en la sociedad (Naciones Unidas, CEPAL,
2020). Para lograrlo, se requiere transformar
los espacios sociales, con el n de promover el
desarrollo infantil y respetar su individualidad
como sujetos de derechos.
Para ilustrar lo anterior, es importante
considerar que los niños crecen y se desarrollan
en entornos urbanos, vecindarios y espacios
donde aprenden a convivir con los demás y
a imitar las acciones de los adultos. Por ello,
es fundamental que los espacios en los que
se desenvuelven sean adecuados, cumpliendo
con los indicadores de bienestar infantil y
atendiendo cualquier riesgo que pueda poner
en peligro su integridad. En este sentido, Ahualli
et al. (2015) enfatizan en que el desarrollo de
la infancia y la protección de los derechos de
los niños es una responsabilidad compartida
por todos, así que cada entorno diseñado para
una comunidad debe ser un ambiente donde
ellos vean sus derechos respetados.
En caso contrario, si los entornos son diseñados
exclusivamente para adultos, sin tener en cuenta
la participación de los niños en cualquier tipo de
ambiente, se estaría perpetuando un sistema
que subordina a los niños. Esto implica que estos
serían considerados como un grupo marginado
en la sociedad, con derechos inferiores a los
de los adultos, perspectiva que se asemeja a
la postura planteada por O’Neill (2004), quien
argumenta enfáticamente que los niños “son
incapaces, vulnerables y dependientes en el
sentido de que su capacidad de razonamiento
y su autonomía mutua —las bases mínimas
de la agencia— son limitadas, mutuamente
vulnerables y socialmente construidas” (p. 96).
Entonces, se hace urgente y necesario, como
señala el Instituto Colombiano de Bienestar
Familiar (ICBF, 2015), que los derechos de
los niños sean prioritarios, por encima de
otros grupos poblacionales. Además, se debe
reconocer la responsabilidad compartida
del Estado, la familia y la sociedad en el
cumplimiento de sus derechos, con el n de
lograr una protección integral para ellos.
Así, la subalternidad de los niños es un factor
que limita el ejercicio pleno de sus derechos,
ya que, se encuentran en ‘desventaja’ para
hacerlos valer, reclamar o exigir. Debido a
su condición, son considerados un grupo
social con poca o nula fuerza social para ser
involucrados en los espacios políticos; por ello,
se hace necesario contar con actores adultos
que asuman la responsabilidad de defender sus
derechos en estos ámbitos.
Cuando se hace referencia a los derechos de
los niños, se abarca todas las dimensiones
del ser humano. Según la Alianza por la
Niñez (2012), estas son “dimensiones físicas,
mentales, sociales, morales y espirituales
implicadas en el desarrollo integral de sus
capacidades y habilidades para desenvolverse
en los diferentes ámbitos de la vida” (p. 4).
Esto implica considerar su bienestar físico,
su desarrollo cognitivo y emocional, su
interacción social, su sentido ético y moral,
así como su espiritualidad, como componentes
fundamentales para su crecimiento y desarrollo
pleno.
De acuerdo con esto, durante la infancia es
fundamental garantizar el desarrollo integral del
niño, tanto en términos físicos como psicológicos,
para que pueda formar su identidad y fortalecer
su autoestima a través de la interacción con su
entorno. Según el Observatorio de Derechos
de la Niñez en Colombia y el ICBF (2015), la
socialización y las relaciones interpersonales e
intrapersonales son derechos fundamentales
en esta etapa. Estas interacciones le permiten
al niño desarrollar habilidades prácticas y no