Boletín Informativo CEI 5(3)
Tercer cuatrimestre de 2018
ISSN 2389-7910
ISSN Versión Digital 2389-8127

 

La buena práctica de la ética y su relación con la autoría y coautoría en las publicaciones académicas y científicas

Luz Elida Vera Hernández

Directora Editorial UNIMAR

Universidad Mariana

Luz Elida Vera HernándezDirectora Editorial UNIMAR

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Luz Elida Vera Hernández

Directora Editorial UNIMAR

 

La editorial UNIMAR de la Universidad Mariana, como ente encargado de las publicaciones académicas y científicas de la comunidad universitaria nacional e internacional, a través de ediciones y coediciones, vela por el cumplimiento y buena aplicación de la política de ética en los diferentes proyectos editoriales. Para la creación y ejecución de esa política se ha tomado como referencia las directrices sobre ética y buenas prácticas editoriales del Comité de Ética para las Publicaciones (Committee on Publication Ethics - COPE), cuya finalidad es garantizar buenas prácticas editoriales, prevenir conductas inadecuadas y promover la calidad científica1.

La ética es un factor indispensable en todo proceso escritural, ya que está presente en cada acción del investigador-escritor. Para definir la autoría y/o coautoría de un texto, se necesita un cien por ciento de honestidad, ya que no es una práctica adecuada y de buen proceder, el incluir a personas que no cumplen con un porcentaje significativo de participación escritural o investigativa en un texto, llámese: investigación, artículo científico, libro o capítulo de libro.

En esa medida, se denomina autor a una o varias personas que han participado en el planteamiento, desarrollo y ejecución de una investigación, así como aquellas que participan escrituralmente en la elaboración de un texto. El Council of Science Editors (CSE), heredero desde el año 2000 del Council of Biology Editors (Ruíz, Marcos y Delgado, 2014), establece la autoría cuando se ha participado en:

  1. La idea y diseño del estudio.
  2. En la adquisición o el análisis de los datos.
  3. En la redacción del artículo o su revisión crítica intelectual.
  4. En la aprobación final del manuscrito que será publicado.

Ahora bien, se incursiona el término coautoría cuando se habla de una colaboración o participación de más de dos personas, en donde, para el caso de las investigaciones, libros o artículos, se comparte la elaboración escritural. Así lo define la Ley 23 de 1982, ley que rige el derecho de autor en Colombia, cuando enuncia: “Obra en colaboración: la que sea producida, conjuntamente, por dos o más personas naturales cuyos aportes no puedan ser separados” (Congreso de la República, 1982, p. 4).

Así entonces, al hablar de autoría y coautoría se incursiona en temas similares y que se concatenan en su contexto, ya que al escribir un determinado texto, se es autor como ser individual, por tanto se hablaría de una autoría, pero en el momento en el que otro integrante ingresa a ser parte de ese proceso, y se incrementa el número de participantes, esa autoría se amplía, formándose una categoría llamada: coautoría, la cual indica inmediatamente que hay algo que se comparte; cabe aclarar que, el término: coautoría, no indica menor importancia con relación al término autoría, así por ejemplo, en una publicación en la que participaron tres personas, todos son autores y a la vez, se establece una relación de coautoría entre ellos; es en gran parte, una forma de indicar al otro que, el texto fue escrito a varias manos, de forma colaborativa, asociativa, de manera que, se tiende a pensar que la elaboración de ese texto fue realizada contributivamente, es decir, que las personas elaboraron fragmentos de dicho manuscrito, pero teniendo una dirección clara y estratégica.

En toda colaboración se asume compromisos, y así como se comparte éxitos escriturales en la publicación de un determinado texto, también, se comparte responsabilidades cuando, por ejemplo, se presenta erratas (errores), fraude (resultados falsos), plagio (copia de otro) o autoplagio (copia de sí mismo). Es importante recordar que, el plagio es una conducta inaceptable, es considerada una falta grave a la ética profesional, y conlleva sanciones legales y penales, además, de la pérdida de credibilidad y respeto de la comunidad a la que se pertenece, de allí, que sea importante conocer muy de cerca el trabajo del otro con el que se realizan asociaciones escriturales.

Lo anterior, también conlleva aclarar que, la adición, supresión o cambio en el orden de aparición de los autores, no es una práctica ética y mucho menos adecuada, proviene del desconocimiento y falta de experiencia en la publicación, y en muchas ocasiones está sujeta a intereses personales y particulares. Aquí vale la pena decir que, no toda persona que participa en un determinado proceso debe ser catalogado como autor, pues hay niveles de participación y en muchas ocasiones hay personas, como: técnicos, estadísticos, correctores de estilo, traductores, entre otros, que son contactadas para agilizar o apoyar una determinada actividad; la recopilación de datos u otras tareas de rutina no son suficientes para alcanzar el derecho de autoría, a ellos es necesario proporcionarles el respectivo crédito y reconocimiento por su labor, y el lugar propicio para ello, es la sección de agradecimientos.

Para Albert y Wager (2003), las personas faltan a la verdad sobre la autoría cuando:

Aunado a lo anterior, surge un tema muy importante y un tanto engorroso, y es el orden de autoría; sin duda, se ha hablado mucho sobre la forma de escoger el orden de aparición de los autores, en algunos casos, se ha recomendado que se haga de acuerdo al orden alfabético, en otros casos, de acuerdo al nivel académico alcanzado y reconocimiento de un determinado autor; sin embargo, lo más acertado es, evaluar el nivel de porcentaje en el que se ha participado en un determinado producto, para identificar el nivel de responsabilidad, y así, evitar inconvenientes; esto tenderá a hacer un buen uso de esta práctica y garantizará transparencia; por lo general, el autor principal, es aquel que ha trabajado mayoritariamente en todo el proceso, independiente de que sea la persona que posee más títulos académicos. Y así lo expresa Blancett (1991, citado por Acosta, 2007): “Otra práctica común es asumir que siempre el investigador principal del proyecto o el de más experiencia o trayectoria debe ser incluido como autor en las publicaciones así no tenga los méritos suficientes” (p. 76). Es decir, si un determinado grupo de autores, está conformado por estudiantes y un docente, y quienes trabajaron en mayor medida fueron los estudiantes, así, el docente tenga un dominio del tema y tenga los títulos que lo acrediten, los autores principales y quienes encabezarán la lista de autoría, son los estudiantes; ahora bien, es preciso señalar que, de por sí, la asesoría a un estudiante, no se constituye en un argumento válido para que el docente investigador sea incluido en la lista de autores; para que eso suceda, el asesor debió involucrarse más allá de una asesoría y de considerarse un guía para sus estudiantes, debió participar conjuntamente en la formulación de la investigación o en la recolección y/o análisis de la información, o redacción y producción escritural tanto de una investigación como de un artículo, libro u otro. Si se sobrepasa esa tarea de asesoría al plano de producción, y esa producción es significativa, compartirá una coautoría, de lo contrario bastará con incluirse en la sección de agradecimientos.

Para el caso mencionado anteriormente, es preciso recordar lo mencionado por Fonseca-Mora, Tur-Viñes y Gutiérrez-San Miguel (2014):

La autoría fantasma o negación de la autoría es el caso contrario a la autoría inmerecida u honoraria. Mientras que la autoría fantasma excluye a quienes han participado activamente en el manuscrito original, la autoría inmerecida u honoraria (ICMJE, 2008) suele responder a necesidades de reciprocidad, a relaciones jerárquicas, a la imposición o al temor de algunos investigadores a ciertos miembros de su equipo. (p. 3).

Por lo tanto, si se es cuidadoso desde el inicio sobre las responsabilidades, se tendrá un horizonte claro sobre quién es el autor principal, cuyas responsabilidades lo llevarán a tener esa posición de autor principal.

Aquí también vale la pena señalar que, es responsabilidad de los autores proporcionar los nombres completos y su correcta escritura, para eliminar confusiones posteriores. Se recomienda estandarizar la firma y usar su nombre de pluma correctamente, de manera que, no afecte el índice de citación u obtención de los créditos respectivos.

No obstante, dependiendo de la necesidad y de la disciplina, es importante revaluar el número de personas que deben participar en una investigación, pues el exceso de autores para un mismo trabajo, tiende a ser más difícil de concluir.

Referencias

Acosta, A. (2007). Cómo definir autoría y orden de autoría en artículos científicos usando criterios cuantitativos. Universitas scientiarum, 12(1), 67-81.

Albert, T. y Wager, E. (2003). How to handle authorship disputes: a guide for new researchers. The COPE Report 2003. Committee on Publication Ethics. Recuperado de http://publicationethics.org/files/2003pdf12.pdf

Fonseca-Mora, M., Tur-Viñes, V. y Gutiérrez-San Miguel, B. (2014). Ética y revistas científicas españolas de Comunicación, Educación y Psicología: la percepción editora. Revista Española de Documentación Científica, 37(4). doi: http://dx.doi.org/10.3989/redc.2014.4.1151

Congreso de la República. (1982). Ley 23. “Sobre derechos de autor”. Recuperado de http://derechodeautor.gov.co/documents/10181/182597/23.pdf/a97b8750-8451-4529-ab87-bb82160dd226

Ruíz, R., Marcos, D. y Delgado, M. (2014). La autoría científica en las áreas de Ciencia y Tecnología. Políticas internacionales y prácticas editoriales en las revistas científicas españolas. Revista española de Documentación Científica, 37(2). Recuperado de http://redc.revistas.csic.es/index.php/redc/article/view/852/1123


1 Más información en: http://publicationethics.org/